Dispensarios de marihuana medicinal deben ser sin fines de lucro. Deben tener estatutos que conservan su carácter sin fines de lucro, aunque necesitan no ser considerados exentos de impuestos por el IRS, ni debe incorporarse.
Los documentos de funcionamiento de los dispensarios deben incluir disposiciones para la supervisión del dispensario y para el mantenimiento de registros preciso.
El dispensario debe tener una sola entrada segura y debe implementar medidas de seguridad apropiadas para disuadir y evitar el robo de marihuana y acceso no autorizado a áreas que contenían marihuana.
Un dispensario debe no adquirir, poseen, cultivar, fabricar, entregar, transferencia, transporte, suministro o distribuir marihuana para cualquier propósito que no sea dándole directamente al titular de una tarjeta o un cuidador registrado por el titular de la tarjeta.
Todo el cultivo de la marihuana debe ocurrir sólo en un centro cerrado, bloqueado en una dirección física proporcionada para el Departamento de servicios de salud durante el proceso de solicitud, y accesible sólo por agentes de dispensario registrada con el Departamento.
Un dispensario puede adquirir marihuana de un paciente de su cuidador, pero sólo si el paciente o el cuidador no recibe ninguna remuneración por ello.
Gender
Male
Signature
No consumo de marihuana es permitido en la propiedad del dispensario.
Un dispensario está sujeto a inspección razonable por el Departamento de servicios de salud. El Departamento debe dar primero un aviso razonable de la inspección al Dispensario.
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